Un nuevo paso a favor de la DOP para lograr un etiquetado correcto

El Tribunal Superior de Xusticia de Galicia ha desestimado el recurso interpuesto por Anfaco contra la instrucción conjunta emitida en mayo de 2018 por las consellerías de Mar, Medio Rural e Economía e Industria (y trasladada a través del Instituto Galego de Consumo) por la que se instaba a los operadores del sector del mejillón a que retirasen de sus etiquetas cualquier alusión a Galicia o que pudiese evocar a Mexillón de Galicia cuando el ingrediente no estuviese amparado por la DOP. La alternativa que se le ofrecía a quienes no quisiesen cambiar esas identificaciones era la de utilizar mejillón certificado por la DOP. Además, se establecía el plazo de un año para que las empresas regularizasen la situación de las etiquetas, conforme a la instrucción.
Se respondía así a las continuas demandas de Mexillón de Galicia para que se cumpliese la ley, peticiones que fueron refrendadas por la resolución de la Audiencia de Pontevedra 41/2016 que señalaba que la utilizacion de las las expresiones “De las rías gallegas”, o “envasado en Galicia” en mejillones en conserva comercializados por empresas que no pertenezcan a la DOP supone una infracción de la normativa de protección de las DOPs.
Anfaco presentó el 24 de octubre de 2018 un recurso ante Consumo en el que solicitaba la revocación de la instrucción, así como la suspensión de los requerimientos realizados a las empresas para que adaptasen sus etiquetas a la normativa o que, alternativamente, utilizasen producto amparado por la DOP. Ese recurso fue rechazado por Consumo, lo que llevó a Anfaco a acudir al Tribunal Superior de Xustiza de Galicia.
El TSXG ha denegado la petición de Anfaco de suspensión de la instrucción. En el auto del TSXG se explica que el plazo de un año dado por la Xunta para modificar el etiquetaje fue suficiente para evitar un perjuicio a las empresas, tal y como exponían los recurrentes. Y va más allá al considerar que suspender la instrucción podría causar perjuicios a los consumidores, ya que se podrían resentir las garantías que aseguran que la etiqueta de un producto se corresponde con las características del mismo. En ese sentido, se considera que el interés general inherente a la protección que garantizan las DOPs prevalece sobre el interés de las empresas para mantener la situación actual en el etiquetado. Es de esperar que en la campaña que se va a iniciar, el mejillón transformado que salga al mercado lo haga etiquetado de forma correcta.
Por su parte, la Xunta de Galicia presentó un escrito ante el TSXG en el que se oponía a la suspensión solicitada por Anfaco. Y lo hizo con argumentos contundentes: “Quien formula tal objeción (Anfaco) es una parte que ha demostrado de manera constante su oposición a la DOP Mexillón de Galicia y a la extensión o ampliación de su ámbito de aplicación, por lo que no parece coherente que quien se opone al incremento del porcentaje de producto certificado por la DOP, alegue ahora que ese porcentaje es insuficiente para atender la demanda de los operadores interesados”.
La Xunta sostiene que si todos los operadores interesados se incorporasen al Consello Regulador desaparecería el problema que Anfaco alega. Y le recuerda que las consecuencias de la decisión “voluntaria y libre” de las empresas de no incorporarse a la DOP, no puede impedir la aplicación de la interpretación de la sentencia de la Audiencia de Pontevedra.
Mexillón de Galicia cree que estas resoluciones judiciales ponen en evidencia las tesis defendidas por Juan Vieites y hace un llamamiento a las empresas que aún no están inscritas en el Consello Regulador para que se unan al proyecto de la DOP y contribuyan así a configurar un sector más fuerte, sólido y próspero.